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Como es de público conocimiento, el 18
de octubre de 2004 entró en vigencia la Ley No. 17.838 sobre Protección de Datos
Personales para ser utilizados en Informes Comerciales y Acción de Habeas
Data, que regula algunos aspectos de la actividad de Clearing de Informes
S.A. y de su empresa.
Si bien descartamos el asesoramiento integral sobre esta nueva normativa por
parte de los profesionales de su empresa, nos parece importante recordarle
que la misma establece en sus disposiciones transitorias que: |
1. los acreedores por obligaciones incumplidas registradas en la base de
datos, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encuentren
canceladas y no lo hayan comunicado al responsable de la base de datos,
deberán hacerlo en un plazo de diez días hábiles.
2. los acreedores por obligaciones que fueron registradas por impagas en la
base de datos desde hace más de cinco años, dispondrán de un plazo de
noventa días corridos para solicitar su actualización, por única vez, por un
plazo de cinco años más. Si es de vuestro interés reinscribir esas
obligaciones impagas y desea informarse, contáctese con nosotros al teléfono
9162515 int. 4.
En el marco de esta nueva Ley, Clearing de Informes entiende oportuno
adecuar los contratos de afiliación existentes, por lo cual, próximamente le
haremos llegar un nuevo contrato.
Aguardando su atención sobre el particular, lo saluda muy cordialmente,
CLEARING DE INFORMES S.A.
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